El Senado aprueba los nuevos baremos de daños y perjuicios en accidentes de tráfico

Así es. La Comisión de Economía y Competitividad del Senado (http://www.senado.es) acaba de aprobar el Proyecto de Ley que modifica, concluyendo así el trámite parlamentario, el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico. La normativa, hasta ahora en vigor, data del año 1995. Será sustituida por esta nueva, cuya entrada en vigor queda fijada para el 1 de enero de 2016.Daños y perjuicios en accidentes de tráfico

Aprobar este nuevo proyecto de ley no ha sido fácil. Para conseguir el acuerdo antes han tenido que negociar las dos partes interesadas: las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y la representación de las entidades aseguradoras. Por lo demás, entre los colectivos que han aportado sugerencias durante la elaboración del Proyecto de Ley se encuentran CERMI, Federación Española de Daño Cerebral, Asociación de Lesionados Medulares y Grandes Discapacitados Físicos (ASPAYM; www.aspaym.org), Asociación para el Estudio de la Lesión Medular Espinal, Asociación de Prevención de Accidentes de Tráfico y STOP ACCIDENTES (stopaccidentes.org), además de la Fiscalía de Sala Coordinadora de Seguridad Vial y numerosos facultativos sanitarios, expertos, todos ellos, en patologías provocadas por accidentes de tráfico.

En términos generales, se puede decir que la nueva normativa va a incrementar –además de potenciar su eficacia- el nivel de protección de las víctimas en accidentes de tráfico. Esto va a ser posible gracias a una más rápida resolución de los conflictos y a una garantía de recibir una indemnización suficiente. Además, se va a mejorar el tratamiento resarcitorio de los perjudicados por los accidentes de tráfico y se va a aplicar un sistema indemnizatorio activo, actualizado y adaptado a la realidad.

Indemnizar a los servicios públicoslesiones por accidente de trafico

La normativa, que entrará en vigor a principios del año próximo, no sólo interesa a afectados y aseguradoras. También el Estado verá modificado su peso en la tramitación de las indemnizaciones, puesto que las aseguradoras se comprometen a indemnizar a los servicios públicos de salud, de las diferentes comunidades autónomas, por los gastos derivados de nuevos perjuicios cubiertos como los importes médicos futuros, ciertos gastos de rehabilitación o necesidades de recambio de prótesis de lesionados graves.

Sí el asegurado falleciese a raíz del accidente, su familia –y aquí se han tenido en cuenta las nuevas estructuras familiares (familias monoparentales, homosexuales…)- verá incrementada su indemnización. Así, la nueva norma clasifica los perjudicados en accidentes de tráfico en cinco categorías autónomas: cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados.

Además, la nueva normativa distingue entre perjuicio patrimonial básico o gastos razonables derivados del fallecimiento, compensados con una cantidad mínima de 400 euros y gastos específicos, que incluyen el traslado del fallecido, repatriación, entierro y funeral.

En el caso de que, a raíz del accidente, hubiera una lesión permanente, la norma se fija, especialmente, en las necesidades del gran discapacitado. En el caso de que éste necesitara de apoyos especiales para reforzar su propia autonomía personal, la aseguradora deberá indemnizar a su asegurado de los perjuicios y los daños emergentes relacionados con las diferentes partidas de gastos asistenciales futuros.

Lesiones temporalesIndemnizaciones por accidente de tráfico

Sí las lesiones fueran temporales, la nueva normativa distinguirá entre gastos de asistencia sanitaria y gastos diversos resarcibles. En esta segunda categoría se incluyen aquellos gastos necesarios y razonables asociados al desempeño de la vida diaria del lesionado: incremento de costes de movilidad del lesionado, desplazamientos de familiares para atenderle, gastos para atender a los familiares menores o especialmente vulnerables de los que se ocupaba el lesionado, etc.

Con respecto al cálculo de la cuantía de la indemnización por lucro cesante, éste también se replantea. A partir de ahora, la nueva norma contemplará los ingresos netos de la víctima, además de valorar el trabajo no remunerado, como los trabajos del hogar o la pérdida de capacidad de trabajo futura de los menores a cargo. Además, se pone en funcionamiento un nuevo coeficiente específico para cada perjudicado. Éste tendrá en cuenta factores como la duración del perjuicio, la deducción de las pensiones públicas o el riesgo de fallecimiento del accidentado, entre otros factores.Accidente de tráfico

PEPE VARELA

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